Esta semana mi empresa me ha entregado la tradicional cesta de Navidad, y me abierto la curiosidad (además del apetito) para conocer más sobre esta costumbre.

Los orígenes
Por lo visto, las cestas de Navidad son una tradición más antigua de lo que parece. Según se explica en la Enciclopedia Italiana, la tradición se remonta a la época romana, cuando por estas fechas en la antigua Roma los patrones o las personas de alto rango ofrecían obsequios a sus trabajadores para compensarlos y de alguna manera indemnizarlos por el tiempo que pasaban a su disposición.
Los regalos eran provisiones que fueran fáciles de repartir y de guardar, como aceitunas, laurel, higos secos... De manera similar a lo que se hace ahora, entonces para entregarlo todo al destinatario se depositaba en una cesta, con la peculiaridad que en la Roma antigua esa cesta solía servir para transportar los alimentos hasta la mesa. Era un recipiente hecho de mimbre o de esparto; quizás por eso la cesta se llamaba sportula. De hecho esta relación sigue vigente todavía al menos en Cataluña: actualmente a la cesta de Navidad se la llama panera, como las cestas de mimbre que sirven para guardar el pan y llevarlo a la mesa.

En la época más moderna
En España la tradición de entregar una panera de Navidad empezó a arraigar a partir de finales del siglo XIX y hacia mediados del XX ya era algo común. Primero se promovía a través de la Administración Pública, que es quien marcó los precedentes, y más adelante empezó a tomar fuerza también en el sector privado.
Desde entonces, al menos en España, por lo que yo sé, ha tenido mucha continuidad hasta hace unos diez años, cuando llegó la crisis y muchas empresas o bien redujeron notablemente la cantidad de productos o incluso las eliminaros por completo. En ese momento se abrió un debate a gran escala: ¿las empresas están obligadas a darlas a los trabajadores porque es un derecho adquirido o es un acto voluntario del que se puede prescindir? La riña fue tal que llegó hasta el Tribunal Constitucional.
Fuera como fuese, poco a poco se ha ido recuperando la tradición. Incluso a mejor, diría yo, porque en vez de los típicos lotes repletos de botellas (que se suelen acumular año tras año en los armarios) y de polvorones, ahora se dan más productos gourmet: aceite de oliva virgen extra, patés, embutidos, bonito, anchoas, frutos secos o productos de proximidad.
La panera en la Declaración de la Renta
Generalmente todo el mundo sabe que si te toca la lotería tienes que pagar impuestos por ello. Y es que en España todos los premios superiores a 2.500 euros van acompañados por un gravamen del 20%. Pues algo similar ocurre con las cestas de Navidad.
Si te toca una cesta de Navidad que se sorteaba en un supermercado o en un bar, primero, ¡felicidades!, y segundo, debes tributar por ello. La ley del IRPF considera que es un beneficio patrimonial, así que habrá que valorar el premio a precios de mercado y tendrás que incorporarlo en tu declaración. Pasa lo mismo en el caso de rifas de bicicletas, de automóviles, de macrocestas... todas ellas se consideran beneficios patrimoniales.
Las tradicionales cestas que algunas empresas regalan a sus trabajadores son, desde el punto de vista de la normativa tributaria, retribuciones en especie. Por tanto, lo correcto sería valorar su precio y sumarlo a tu salario en la próxima declaración de la Renta. A pesar de ello, lo más habitual es que estos lotes no se declaren a no ser que sean de gran valor.

